jueves, 28 marzo 2024

Belen Hevia

Imagen de Belén Hevia, de Hevia Chávarri Auditores Asesores.

En cierta forma la promulgación de la Ley 22/2015, de 20 de julio, conocida como “Ley de Auditoría” viene a ser una respuesta al tiempo en el que nos ha tocado vivir. Por lo tanto, lo primero que podríamos decir de esta normativa es que, grosso modo, busca devolvernos a la situación pre-crisis y encarar una nueva etapa lejos de los escándalos que nos han traído hasta aquí y han propiciado este tipo de legislación.

Se plantea el incremento de unos controles que, como explica Belén Hevia, de Hevia Chávarri Auditores-Asesores, una firma contrastada con más de treinta años de experiencia en su sector, “refuerce la independencia del auditor, incremente la calidad de su trabajo, aumente la transparencia de la información que se ofrece y, en definitiva, recupere la confianza de accionistas y grupos de interés”. 

Precisamente, referido a esto último, la normativa que entró apenas hace unos días tiene claro cuáles quiere que sean los principales beneficiaros de su promulgación (el inversor, el accionista y los grupos de interés vinculados a las empresas) y, también tiene claro cómo quiere conseguirlo. Desde Hevia Chávarri, en concreto, destacan de la nueva legislación tres aspectos fundamentales:

  • El aumento de las exigencias de control sobre las llamadas Entidades de Interés Público o EIP. Se redefinen los parámetros para que compañías cotizadas o de crédito y aseguradoras, entre otras, pueden entrar dentro de esta categoría. No obstante, “como principal novedad se introduce la obligación para estas empresas de cambiar de auditor cada diez años para evitar la parcialidad en la emisión de informes”, destaca Belén Hevia. 
  • Al hilo del punto anterior, la Ley 22/2015 endurece las normas de independencia del auditor en aspectos como intereses financieros y comerciales, familiares… Dicho control, además, no solo se limita a la figura profesional sino que abarca a toda la firma que realiza el trabajo, sus redes y familiares. “Todo un reto pero sobre todo una responsabilidad para mantener los altos niveles de excelencia y profesionalidad con los que siempre hemos desarrollado nuestro trabajo”, comentó la máxima responsable de Hevia Chávarri Auditores
  • Finalmente, el tercer punto ahonda en los dos anterior con el establecimiento de un régimen de incompatibilidades muy riguroso que, por ejemplo, limita y prohíbe a un auditor la prestación de manera simultánea de varios servicios tales como fiscalidad y contabilidad con los de su profesión.

Además, como dato muy importante para los usuarios de este tipo de servicios, se limita el honorario que el auditor  puede percibir de un mismo cliente auditado. 

Belen Hevia 3 Feb2016Igualmente,con esta nueva Ley 22/2015 que acaba de entrar en vigor,  y  otras complementarias como la reciente modificación de la Ley de Sociedades de Capital o el Código de Buen Gobierno Corporativo, el legislador no quiere solo cambios que, podríamos calificar como “estéticos”. Al contrario, como bien apunta Belén Hevia“el informe de la auditoría deberá ahora ofrecer más contenido y de una relevancia mayor como los riesgos a los que se enfrenta la compañia o un mayor detalle sobre las cuentas auditadas e, incluso, sobre el propio proceso de auditoría”.

Aumentar la confianza, la transparencia así como la independencia se proyectan como los efectos deseados que se pretenden alcanzar con esta nueva Ley 22/2015 de 20 de julio o “Ley de Auditoria” y que, en Hevia Chávarri, confían en que redunde en sus clientes y, sobre todo, en los beneficios que obtiene una empresa cuando decide auditar sus cuentas: “fiabilidad con vistas al mercado que le rodea y una mejor gestión, más ágil y, fundamental, mejor formada e informada que se sirve de empresas colaboradoras plenamente responsable y de total confianza como en nuestro caso”, sentenció Belén Hevia, de Hevia Chávarri Auditores-Asesores . 


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