martes, 16 abril 2024

Hace muy pocos días el Gobierno informaba a los grupos parlamentarios del acuerdo alcanzado con el Gobierno estatal en el seno de la Comisión Coordinadora para modificar el Convenio Económico. En las dos reuniones mantenidas hemos tenido ocasión de trasladar nuestras preguntas, sugerencias y dudas, con la intención, desde el rigor y pensando en el futuro, de colaborar en la mejor defensa de los intereses de Navarra.

Básicamente el acuerdo aborda dos cuestiones: el frente abierto con el recurso planteado por la Agencia Tributaria reclamando a Navarra 1.513 millones de euros y el cuestionamiento (sentencias del Tribunal Constitucional declarando inconstitucionales las leyes forales reguladoras del impuesto de grandes superficies y del impuesto de producción de energía eléctrica) de la capacidad de Navarra de regular tributos propios en materias distintas de las convenidas con el Estado.

En mi opinión, el resultado de la negociación es muy desigual. Se podría decir, de forma resumida, que el mecanismo acordado para resolver el sinsentido de la reclamación estatal por el IVA de Volkswagen de 2007 a 2011 es razonable, mientras que la nueva redacción pactada para preservar la capacidad tributaria de Navarra genera severas dudas.

En el primer tema, es esencial que, además de la aprobación en el Parlamento Foral y en el Congreso de la modificación del Convenio, se lleven a la práctica todos los pasos establecidos en el mecanismo pactado, pasos que deben terminar, en un plazo muy breve, en la retirada definitiva del mencionado recurso de la Agencia Tributaria contra la Hacienda Foral de Navarra.

Quiero pensar que no habrá ningún tipo de complicación operativa y que así será. Parece que se impone el sentido común: se dan por buenas las liquidaciones de los ajustes de IVA correspondientes a esos años ( 2007 – 2011 ) revisadas y firmadas por los dos Gobiernos en el marco de la Comisión Coordinadora del Convenio. Lo pactado y acordado no puede ser alterado a posteriori. Es lo que habíamos pedido todos los grupos parlamentarios al Gobierno recientemente. Resolver esta cuestión no podía tener coste para Navarra.

En el segundo tema, el objetivo era que quedara muy claro que Navarra podría establecer tributos propios en materias no convenidas con el Estado sin más limitación que los principios armonizadores establecidos en el propio Convenio Económico y la Constitución, y a la vez, que ningún tributo regulado por una ley estatal podría ser de aplicación en Navarra.

Las dos sentencias ya referidas sin embargo ponían en cuestión este tema. El acuerdo alcanzado no garantiza que Navarra pueda hacerlo. Se hace un retoque estético (tributos distintos a los mencionados en lugar de distintos a los convenidos ), se introduce una coletilla peligrosa (“sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de régimen general del Estado” )  y se establece un procedimiento que obliga a la Comisión Coordinadora a intervenir. Pero, ¿qué pasa si no hay acuerdo? ¿Qué margen le queda a Navarra para regular de verdad sus tributos propios? Hasta ahora, los tributos propios no convenidos han tenido una repercusión mínima en la recaudación de Navarra, y parece que el Estado está muy interesado en que eso no cambie.

@manuayerdi

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