viernes, 29 marzo 2024

El texto aprobado este jueves por la Cámara foral  recoge los acuerdos alcanzados el 21 de enero por la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, y el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, en el marco de la Comisión Coordinadora del Convenio Económico que rige las relaciones de Navarra y el Estado. El acuerdo supuso el punto final al conflicto por las devoluciones de IVA durante el quinquenio 2007-2011 que se realizaron por parte de la Agencia Tributaria del Estado a Volkswagen, pero que después fueron reclamadas a la Hacienda Tributaria de Navarra.

barcinamontorob

Reunión del 21 de enero 2015

SOLUCIÓN FINAL

La solución acordada por Navarra y el Estado pasa por modificar la ley del Convenio Económico introduciendo una disposición adicional que contempla vías de resolución de los conflictos que se puedan ocasionar entre Navarra y el Estado sin acudir a la vía contencioso administrativa.

En concreto, se permitirá la resolución de conflictos de forma complementaria a los mecanismos generales existentes, en casos de especial relevancia cuantitativa, superior a 600 millones de euros, cuando los conflictos no hayan podido resolverse por órganos bilaterales existentes, y no impliquen conductas sancionables de los contribuyentes.

Es un instrumento que se pone a disposición de los obligados tributarios para que puedan instar a una resolución del conflicto entre Administraciones por esta vía alternativa. De esta forma se evitan los perjuicios que tienen para el contribuyente las discrepancias entre Administraciones tributarias de un mismo Estado, cuando el contribuyente no debe nada al conjunto de las Administraciones Públicas al haber cumplido la obligación tributaria con alguna Administración Pública.

Este nuevo instrumento mejora las condiciones de diálogo en materia tributaria entre la Administración Foral y el Estado y permite dar solución a conflictos que, sin tener impacto en las cuentas del sector público consolidado, menoscaban la seguridad jurídica y tienen un impacto negativo para la actividad empresarial.

ARMONIZACIÓN DE IMPUESTOS

Con la modificación del Convenio se resuelve también el resto de contenciosos pendientes en materia fiscal: los referidos al impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica y el gravamen sobre depósitos en entidades de crédito.

En el caso del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica, el Gobierno de Navarra tramitará un nuevo proyecto de ley foral que lo regule, similar al que ya envió al Parlamento foral en 2012. Asimismo, el Ejecutivo navarro tramitará además una modificación legislativa en materia fiscal que cree una nueva deducción en IRPF y en el Impuesto de Sociedades para que los pequeños productores de energía que se beneficiaban de la exención en el impuesto navarro puedan hacerlo ahora vía deducción. Esta ventaja fiscal se realizará con efectos retroactivos desde el año 2013, cuando entró en vigor el impuesto, de manera que ningún contribuyente navarro se vea perjudicado.

El impuesto sobre depósitos en entidades de crédito, aprobado en marzo de 2014, también se armonizará a la legislación estatal, evitando así el recurso por parte del Estado en esta materia básica. El Gobierno de Navarra tramitará un proyecto de ley para armonizar el tributo, estableciendo los tipos dentro de los límites fijados en el territorio común. En este caso, se da la circunstancia de que el tipo fijado el pasado mes de julio por el Estado para este gravamen es del 0,03%, idéntico al aprobado por el Parlamento foral.

GARANTÍAS PARA NAVARRA

Entre los acuerdos alcanzados se incluye la modificación del articulado del Convenio Económico, con el fin de clarificar y reducir la litigiosidad en materia fiscal. Los cambios subrayan la capacidad tributaria de Navarra recogida en el artículo 2 del texto actual, al indicar que Navarra podrá establecer y regular tributos diferentes de los mencionados en el Convenio. El texto vigente hablaba de tributos diferentes a los “convenidos”, lo que ha generado problemas en la interpretación del Tribunal Constitucional, ya que consideraba que los tributos no convenidos estaban fuera del Convenio Económico y Navarra no tenía capacidad para establecerlos. La palabra “mencionados” evita esa delimitación interpretativa.

Asimismo, el artículo 6 mejora la coordinación y colaboración entre ambas Administraciones para que cuando el Estado apruebe nuevos tributos sea más ágil la armonización y se garantice la capacidad normativa de Navarra en materia fiscal. Así, se establece que cuando se presente un proyecto de ley por el que el Estado establezca un nuevo impuesto, se convocará la comisión coordinadora para evaluar y analizar a adaptación del Convenio a la nueva figura impositiva proyectada por el Estado.


To Top