viernes, 29 marzo 2024

Asun Olaechea a un encuentro digital. (Foto: archivo)

Según informan desde Comptos, la prescripción de la deuda supone su extinción lo que sucede una vez que se han dado estos dos supuestos:

  • la propia Hacienda ha verificado la inexistencia de bienes susceptibles de embargo o la imposibilidad de declarar responsables solidarios, subsidiarios o sucesores y;
  • que se ha cumplido todo el proceso burocrático hasta el plazo de prescripción establecido por la ley.

De acuerdo con los datos aportados por los redactores del estudio, Navarra habría dejado de ingresar entre los años 2008 y 2015 un total de 129 millones de euros generados por un total de 36.000 contribuyentes

Más en detalle:

  • El porcentaje más importante corresponde a impagos de IVA procedentes de sociedades limitadas (75 millones de euros) a la que siguen
  • Sociedades Anónimas (21 millones);
  • Personas Físicas (20,7 millones) y; finalmente,
  • Comunidad de Bienes (10 millones). 

EdificioHaciendaOTROS DATOS DE INTERÉS

  • La prescripción media anual es de 10 millones de euros hasta 2014 y; de 22 millones desde entonces y hasta el último ejercicio de 2015.
  • Muchas de las deudas prescritas tienen su origen en casos generados en la década de los 80 del siglo pasado. 
  • La crisis ha tenido una incidencia directa ya que ha aumentado las insolvencias, liquidaciones y concursos por diez en los últimos seis años.

Cabe destacar, por último, que los técnicos de Cámara de Comptos confirman que Gobierno de Navarra ha cumplido la legalidad en las prescripciones por lo que, desde el órgano fiscalizador, ofrecen una serie de recomendaciones como

  • Automatizar los procedimientos de recaudación,
  • Revisar la dotación de personal dedicada a este apartado e;
  • Introducir mejoras en el proceso de depuración además de agilizar la declaración de “deudores fallidos”.

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