jueves, 28 marzo 2024

La modificación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), recogida en el artículo 1 de la proposición de Ley y avalada por UPN y PSN, plantea una reducción de tipos a todas las rentas, especialmente bajas y medias, que vuelven a niveles de 2011. Además, se deflacta la escala un 3%, con el fin de impedir que la inflación incremente la carga fiscal.

En el caso de las rentas altas, el tipo máximo impositivo (a partir de 300.000 euros) se reduce del actual 52% al 48%. La nueva tabla de retenciones, que acarrea una reducción de la carga tributaria del IRPF, será efectiva a partir del 1 de enero de 2015. Para anticipar su entrada en vigor sin esperar al desarrollo reglamentario, que “tardaría alrededor de seis meses”, se ha optado por una modificación de la disposición adicional cuadragésima primera del Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF.

IMPUESTO DE SOCIEDADES
La modificación del Impuesto de Sociedades rebaja el tipo nominal de las grandes empresas del 30% al 25%. El tipo impositivo de las medianas empresas, con facturación entre uno y diez millones, pasa al 23%, mientras que el de las pequeñas empresas -facturación inferior al millón de euros- se reduce del 20% al 19%.

Además, se fija un suelo mínimo efectivo del 10%, que puede llegar a ser del 7% en caso de que la empresa cree empleo, realice inversiones o actividades de I+D. A su vez, se prevén deducciones por producción audiovisual e inversión en instalaciones térmicas de biomasa.

AHORRO Y PATRIMONIO
En cuanto a la tributación del ahorro, los primeros 6.000 euros cotizarán al 19%, se establece una escala intermedia hasta 12.000 euros, a la que se gravará al 21% y a partir de ahí el tipo será del 23%.

La proposición de Ley de modificación del Impuesto sobre el Patrimonio incrementa el mínimo exento de 311.023 a 800.000 euros, además se rebaja la tarifa fiscal un 20% en todos los tramos y se  eleva el umbral de tributación de un millón a un millón y medio del valor de los bienes y derechos que determinan la obligación de presentar declaración y suaviza el escudo fiscal en sus dos vertientes.

Las modificaciones operadas en el escudo fiscal, ambas a propuesta de Socialistas de Navarra, cuyas enmiendas han suscitado el rechazo de UPN y PPN, se dirigen a “incrementar la tributación de los patrimonios de elevada cuantía”. Se trata una herramienta que, concebida para evitar gravar en demasía a gente con mucho patrimonio y poca renta, pone en relación la cuota íntegra del Impuesto del Patrimonio con la del Impuesto sobre la Renta, de modo que la suma de ambas no podrá superar ahora el 65% (está en el 60%) de la base imponible del IRPF.

Además y en lo que a la segunda vertiente del escudo fiscal respecta, se reduce del 80 al 75% la posibilidad de aminorar la cuota del Impuesto del Patrimonio cuando se sobrepase el límite del escudo fiscal, que, como ya se ha señalado, también se atenúa.

OTRAS MEDIDAS

La reforma incluye también la eliminación de las exenciones en dividendos, primas por asistencia a juntas y participación en beneficios de una entidad. También se reducirá la cantidad exenta en el caso de indemnizaciones por despido, que bajará del 40 al 30%.

Por otro lado, las cuotas a sindicatos o partidos políticos serán conceptos deducibles de la cuota íntegra y no de la base.


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