viernes, 29 marzo 2024

Belen Hevia 3 Feb2016

Faltan pocos días para que se cumpla el plazo. En Julio, las empresas deben cerrar sus obligaciones fiscales y mercantiles referidas al ejercicio anterior. Igualmente, se debe presentar y abonar el Impuesto de Sociedades y, hasta el 30 de este mes tenemos de plazo para presentar en el depósito del Registro Mercantil las Cuentas Anuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 279.1 de la Ley de Sociedades de Capital.

Precisamente, Belén Hevia, de Hevia Auditores y Asesores, se detiene en este último punto que acabamos de mencionar puesto que, tal y como nos señala, “se ha producido una importante novedad que debiera ser conocida por los administradores y gestores de las compañías”. No obstante, antes de eso, debiéramos preguntarnos sobre la situación actual de nuestras empresas y, sobre todo, ¿son cumplidoras a la  hora depositar sus Cuentas Anuales? Pues, tal y como se demuestra en los siguientes gráficos, los números se mantienen casi constantes. GRAFICO 1 belen hevia

Como vemos en la imagen anterior, extraída de la web registradores.org, se puede constatar que después de la aparente vuelta a la senda del crecimiento en 2010, donde el número de Cuentas presentadas se incrementó en más de un ocho por ciento, el resto de los años se ha mantenido estable con una cierta tendencia a la baja (apenas un punto entre 2015 y 2014). En total, el año pasado se registraron casi 1,1 millones de depósitos, de los que un 83 por ciento correspondieeron al ejercicio precedente del 2014.

Llevamos ese mismo análisis a nivel de Comunidad Autónomas y vemos que nuestra región queda muy lejos de los primeros puestos ocupados por Madrid, Cataluña o Andalucía con 216.000, 211.000 y 154.000 depósitos, respectivamente. En Navarra, por su parte, se hicieron 14.157 registros lo que representa un menos 0,53 por ciento con respecto al ejercicio precedente.

  GRAFICO 2 Belén Hevia

 

BENEFICIOS

¿Es importante que una sociedad o empresa realice y presente sus Cuentas Anuales? Al margen de la cuestión meramente legislativa que luego abordaremos de forma más detallada, Belén Hevia, de Hevia Auditores y Asesores sí que considera como un valor añadido la realización de este “ejercicio de rigor y transparencia”, según sus propias manifestaciones. “No hay que olvidar que las Cuentas Anuales es una imagen de nuestra empresa lo que ya es un valor en sí de fiabilidad y confianza, de puertas a fuera para los clientes y, para dentro, para accionistas, administradores y grupos de interés”, añade.

Unas cuentas anuales realizadas con rigurosidad, además, “pueden resultar muy útiles para clarificar nuestra gestión, establecer objetivos de crecimiento razonables, definir mejor nuestra idea de negocio y, sobre todo, evitar errores o, al menos, prevenirlos”, indican desde Hevia Chávarri Auditores. En todo caso, recuerdan, “la clave de todo el proceso es contar con colaboradores de garantía, cercanos, que cuenten con experiencia y una trayectoria contrastada y de calidad para que el resultado sea lo más ajustado a la realidad para ayudar a la empresa en su toma de decisiones”. 

Además, por si no fuera suficiente, no realizar ni presentar Cuentas Anuales puede acarrear una serie de inconvenientes en algunos casos bastante onerosos para los propios bolsillos de los administradores. Éste es, precisamente, el principal cambio de este año,

NOVEDADES

Porque, hasta ahora, la consecuencia de no realizar este trámite impedía que los administradores pudieran, con posterioridad, incluir cualquier tipo de documento oficial vinculado con la actividad diaria de nuestra empresa. Es decir, en palabras de Belén Hevia, “una empresa que no tenía las Cuentas Anuales presentadas, por ejemplo, no podía iniciar un proceso de compraventa o similares hasta que no fuera satisfecho el incumplimiento”.

Hasta ahora, como decíamos, estábamos acostumbrados a esta consecuencia pero , como explican desde Hevia Chávarri Auditores, “lo cierto es que la propia Ley de Sociedades de Capital establece una segunda penalización de carácter económico”. Una capacidad sancionadora que, de un tiempo a esta parte, corre a cargo del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, ICAC, organismo dependiente de Economía quien, por cierto, ha  remitido los primeros expedientes sancionadores, de acuerdo con la información que nos comentan desde la firma consultora navarra.

¿A cuánto pueden ascender dichas “multas”? Pues depende porque, como nos señala Belén Hevia, “el organismo toma como referencia la cifra de Activos y Ventas”. Grosso Modo, podríamos distinguir dos tipos de imposiciones:

  • Desde 1.200 hasta 60.000 euros para PYMES
  • Hasta 300.000 euros para todas aquellas organizaciones cuya facturación supere los seis millones de euros.

En este punto hay que destacar que “los Registradores tienen la obligación de comunicar al ICAC, al final de todos los años, la relación de empresas que han incumplido con el deber de depositar sus cuentas anuales, por lo que el inicio del expediente sancionador podría ser automático”, subraya Belén Hevia, de Hevia Auditores y Asesores. La conclusión, por lo tanto, no puede ser más clara: no cumplir con las obligaciones mercantiles puede salir caro a las empresas por lo que, según Hevia, “merece la pena, ahora que estamos a tiempo, realizar todos los trámites con el Registro para evitarnos problemas posteriores”.

 

 

 

 


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