viernes, 19 abril 2024

El vicepresidente de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra, Miguel Laparra, ha puesto en marcha un nuevo modelo de mecenazgo social, aprobado por unanimidad por el Consejo Navarro de Bienestar Social y que ahora debe pasar al Parlamento, para incentivar a través de ventajas fiscales las aportaciones económicas de la ciudadanía y empresas a entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito de los servicios sociales, la cooperación al desarrollo o la igualdad entre mujeres y hombres.

Algunas de las entidades sociales muestran su satisfacción por el nivel de participación y de acuerdo en la elaboración de esta propuesta, puesto que con el Mecenazgo Social se da cumplimiento al Acuerdo Programático y se sustituye el Sello ‘Socialmente Comprometido’ puesto en marcha en la pasada legislatura y que, según el vicepresidente Laparra, establecía un “complejo procedimiento para poder optar a los incentivos fiscales, ya que los condicionaba a la obtención de un sello que venía desarrollado anualmente como si de una convocatoria de ayuda pública se tratase”. Además, «se fijaba un filtro político-administrativo que restaba la autonomía y la libertad de actuación que la sociedad civil debe tener en su propio ámbito de actuación».

De acuerdo a Miguel Laparra: “La complejidad del antiguo modelo restaba eficacia y eficiencia a las medidas fiscales adoptadas, a la vez que no se conseguía el objetivo de incentivar la participación de la sociedad civil en dichos proyectos”.Laparra Mecenazgo

Por este motivo, la nueva propuesta ha sido elaborada por un grupo de trabajo en el que han participado representantes del Gobierno Foral y de entidades sociales. Y se materializará en un proyecto de ley que se enviará al Parlamento para su debate y votación con el fin de modificar la norma que regula el régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.

DEDUCCIONES FISCALES

El Gobierno de Navarra prevé aplicar el mismo régimen de deducciones fiscales que en el caso del Mecenazgo Cultural. Así, en el IRPF, los sujetos pasivos que realicen donaciones a las entidades sociales beneficiarias tendrán derecho a deducir de la cuota del impuesto el 80% de los primeros 150 euros de las cantidades donadas. Los importes superiores a 150 euros tendrán derecho a una deducción del 40%.

En el Impuesto de Sociedades, los sujetos pasivos que realicen donaciones a las entidades tendrán los siguientes beneficios fiscales:

  • Para la determinación de la base imponible, los importes de las cantidades donadas tendrán la consideración de partida deducible.
  • Tendrán derecho a practicar una deducción de la cuota líquida del impuesto del 20%.

Si se comparan estos beneficios fiscales con los establecidos para el extinto Sello «Socialmente Comprometido»

Se observan pues, con este nuevo modelo, mayores incentivos para las pequeñas donaciones, el llamado micromecenazgo. Así, en el caso del extinto Sello, las deducciones en el IRPF eran siempre del 40%, en cambio ahora podrán ser de hasta 80% en los primeros 150 euros. Respecto al impuesto de sociedades, la deducción se incrementa hasta el 30% en los primeros 300 euros, cuando anteriormente eran siempre del 20%.

DONACIONES A ENTIDADES, NO A PROYECTOS

“Los incentivos fiscales del Mecenazgo Social se aplicarán a las donaciones que se efectúen a las entidades beneficiarias, no a proyectos concretos, como ocurría hasta ahora”, explica Laparra.

Los requisitos que deben cumplir las entidades son:

  • Sin ánimo de lucro.
  • Estar constituidas como fundaciones, asociaciones declaradas de interés público, ONG inscritas en el correspondiente registro del Ministerio o cooperativas de iniciativa social, así como las federaciones y asociaciones de las entidades anteriores.
  • Sus fines serán sociales y deben realizar su labor en el ámbito de los servicios sociales, la cooperación al desarrollo o la igualdad entre mujeres y hombres.
  • Tienen que haber realizado actividades en Navarra durante los últimos cuatro años.
  • Destinar al menos el 70% de las rentas e ingresos percibidos a fines de interés general.
  • Cumplir las obligaciones de la Ley Foral de la Transparencia y del Gobierno Abierto.

Por otra parte, se simplifican los trámites administrativos y no será preciso que las entidades aporten, junto con la solicitud para optar al mencionado reconocimiento, la documentación que acredite que se reúnen los requisitos cuando esa información se deduzca de la inscripción en un registro dependiente de alguna administración pública, de la recepción de subvenciones públicas en Navarra o de la documentación ya aportada a alguna Administración.

Una vez que se haya accedido al régimen establecido, las entidades deberán solicitar al Departamento de Derechos Sociales, en los ocho primeros meses del ejercicio siguiente, el mantenimiento de dicho régimen en una declaración responsable de que siguen cumpliendo los requisitos. El Departamento resolverá las solicitudes en el plazo máximo de 3 meses.

Finalmente, se añade una disposición transitoria para aquellos proyectos que hubieran obtenido con anterioridad el Sello “Socialmente Comprometido”, para que puedan acogerse a los mismos beneficios fiscales que los establecidos para el Mecenazgo Social.

 


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